Entre los supuestos de reclamación, según señala la entidad, se hallan denominaciones de entidades válidamente registradas en España, denominaciones o indicaciones de origen, nombres comerciales, marcas registradas, instituciones públicas, nombres civiles o pseudónimos notorios, que identifiquen profesionalmente a creadores intelectuales, políticos, deportistas o artistas, detalla en un comunicado.
Los solicitantes podrán recuperar un dominio '.es' mediante la interposición de la correspondiente demanda que deberá estar sujeta al Reglamento aprobado por Red.es y que aparece publicado en www.nic.es El proveedor tramitará la demanda con independencia e imparcialidad, asignando un experto cualificado e independiente, quien a tenor del Reglamento dictará una resolución. En todo momento quedará abierta la posibilidad de acudir a la vía judicial.
Red.es, de acuerdo al Reglamento, bloqueará los dominios ".es" objeto de controversia, para que no pasen a manos de un tercero mientras el experto dicta la correspondiente resolución. El sistema desarrollado por la entidad pública empresarial Red.es es similar al procedimiento universalmente conocido como UDRP (Uniform Domain Name Dispute Resolution Policy), probado en más de 8.000 casos en todo el mundo.
Las entidades de arbitraje son la Asociación Española de Comercio Electrónico y Marketing relacional (AECEM), la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol), el Consejo Superior de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de España, y el Centro de Arbitraje y Mediación de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.
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