ORGANISMO : Consellería de Innovación e Industria.
PUBLICACIÓN : DOG 11-01-08.
PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES : Desde el 12 de Enero hasta el 15 de Febrero de 2008.
BENEFICIARIOS: Empresas privadas con personalidad jurídica, y empresarios individuales que tengan su sede social o algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia.
ACCIONES SUBVENCIONABLES:
Los gastos subvencionables deberán estar realizados y efectivamente pagados entre el 1 de enero y el 17 de noviembre de 2008, fecha límite de justificación.
A.- Infraestructura interna de las empresas:
1.- Implantación o mejora de la red de datos internos de la empresa, incluido el acceso a Internet.
2.- Inversión en bienes de equipo que supongan un cambio tecnológico sustancial para las empresas del sector audiovisual gallego, o que contribuyan a consolidar procesos ya iniciados de implantación de tecnologías emergentes.
B.- Aplicaciones informáticas en las empresas:
1.- Implantación de aplicaciones informáticas basadas en código abierto y realizadas a medida para el solicitante, o adaptación de librerías informáticas basadas en código abierto destinadas a los sistemas de información y de gestión de la empresa solicitante.
2.- Adquisición e implantación de aplicaciones informáticas (software) de carácter productivo.
C.- Apoyo al desarrollo del sector de las TIC:
1.- Desarrollo de aplicaciones informáticas basadas en código abierto.
2.- Desarrollo de nuevos productos o servicios TIC, que sean propiedad del solicitante, y que estén sujetos a un pago por uso, licencia o adquisición , por parte de terceros.
D.- Formación técnica y promoción del sector de las TIC:
1.- Presencia de la empresa TIC y de su personal en foros especializados de comercialización, formación tecnológica o estandarización, tanto en calidad de visitantes profesionales como expositores.
2.- Asistencia del personal de la empresa TIC a cursos de formación especializada en medios de producción para el desarrollo de sus productos y servicios.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS: Con carácter general, las ayudas pueden llegar hasta el 40% de la inversión subvencionable, que podrá elevarse hasta:
- un 10% adicional, para solicitudes de código abierto.
- un 10% adicional, para solicitudes presentadas por Medianas Empresas.
- un 20% adicional, para solicitudes presentadas por Pequeñas Empresas y Microempresas.
TIPO DE AYUDA : Subvención. Concurrencia competitiva.
Copyright Inxenio Internet Consulting SL ∙ Avenida de Lugo, 185 CP-15703 - Santiago de Compostela - A Coruña (Galicia - España)
CIF: B-15927510 ∙ Registro Mercantil de A Coruña, Tomo 2837, Folio 197, Hoja nº C-33274, Inscripción 1ª.